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Solicitud de Permanencia

PERMANENCIA

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Entidades sin Ánimo de Lucro que a 31 de diciembre de 2016 pertenecían al Régimen Tributario Especial

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Mediante este trámite las ESAL que a 31 de diciembre de 2016 pertenecían al Régimen Tributario Especial en los terminados del parágrafo transitorio 1 y 2 del artículo 19 del Estatuto Tributario, podrán solicitar su permanencia en el mismo y de esta forma continuar con los beneficios tributarios para el año gravable 2018.

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Este trámite se debe hacer una única vez y antes del 30 de abril de 2018.

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Fundación Pedro Antonio Paz Rebolledo, en cumplimiento de los requisitos exigidos por la DIAN, en el proceso de solicitud de permanencia en el régimen tributario especial, publica la información y sus anexos presentados en la solicitud de permanencia a través del SIE-RTE, mencionados en los pasos 2 y 3.

 

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         Documentación requerida para solicitar la permanencia en el Régimen Tributario Especial  

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1.   Un informe anual de resultados o Informe de gestión para el Sector Cooperativo que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad. Ver anexo

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2.   Los estados financieros de la entidad. Ver anexo

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3.  Certificación de requisitos del Representante Legal o Revisor Fiscal del respectivo año, de que trata el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T. Ver anexo

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4.   Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida. Ver anexo

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5. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello. Ver anexo

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6.  Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca y/o sea calificada, según sea el caso, como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta. Ver anexo

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7. Copia de los estatutos de la entidad donde se indique lo dispuesto en el numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8 del Decreto 1625 de 2016, o Acta del máximo órgano en donde se indique lo dispuesto en el numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8 del Decreto 1625 de 2026, cuando aplique. Ver anexo

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8.  Certificación del Representante Legal de los antecedentes de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T. Ver anexo

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9.   Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección que indica el estado de las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2026, si hay lugar a ello.  Ver anexo 

 

10. Registrar la Memoria Económica cuando supere ingresos de 160.000 UVT.

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Radicar a través del SIE-RTE la solicitud de permanencia

  

1. Presentar la información cargada a través de los prevalidadores: Formato 2530 Información Fundadores, Formato 2531 Información de Personas que Ejercen Cargos Gerenciales, Directivos o de Control, Formato 2532 Información Donaciones.

2.   Diligenciar el formato 5245. Ver anexo

3.   Adjuntar los documentos soportes. Ver anexos

4.   Firmar y presentar la solicitud de permanencia. Ver anexo

 

Si usted tiene algún comentario al respecto, por favor diríjase a: Contáctenos y en el Asunto especifique“Solicitud de permanencia”, su requerimiento será atendido oportunamente. 

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